Nuevo dolor de cabeza para personas que reciban herencia; les subiría pago obligatorio

Este martes se revelaron nuevos detalles de la nueva reforma tributaria que presentará el Gobierno Petro.

Nuevo dolor de cabeza para personas que reciban herencia; les subiría pago obligatorio

El panorama tributario en Colombia podría volverse más complejo para quienes esperan recibir una herencia, legado o donación, tras conocerse detalles de la nueva reforma tributaria que el Gobierno de Gustavo Petro planea impulsar.

El portal especializado en análisis económico, Valora Analitik, reveló aspectos clave de la propuesta que incluye, entre otros temas, un incremento en el impuesto a las transacciones financieras y a las ganancias ocasionales, como herencias y legados. Según la propuesta, se contempla un aumento en la tarifa única sobre las ganancias ocasionales para sociedades anónimas y limitadas, elevándola del 15 % al 20 %. Esto implicaría que los herederos y beneficiarios de legados tendrían que pagar más impuestos si este borrador de la reforma es aprobado.

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De acuerdo con el artículo 302 del Estatuto Tributario, se consideran ganancias ocasionales aquellas que provienen de herencias, legados, donaciones o cualquier otro acto jurídico celebrado inter vivos a título gratuito, incluyendo la porción conyugal recibida. Tras la divulgación de estos detalles, el Ministerio de Hacienda negó que el Gobierno nacional tenga la intención de modificar o ajustar este impuesto. Además, aseguraron que "a la fecha no existe un documento oficial que desarrolle los puntos que se presentarán ante el Congreso de la República en la Ley de Financiamiento".

El Ministerio también aclaró que "el equipo técnico de la entidad, junto con expertos en temas de impuestos, se encuentra en proceso de redacción del Proyecto de Ley de Financiamiento en línea con el Presupuesto General de la Nación de 2025". Actualmente, existen algunas exenciones que alivian la carga tributaria sobre las ganancias ocasionales. Por ejemplo, las primeras 3.250 UVT del valor de las herencias o legados que reciban el cónyuge supérstite y cada uno de los herederos están exentas del impuesto. Además, el 20 % del valor de los bienes y derechos recibidos por personas distintas a los legitimarios y/o el cónyuge supérstite también está exento, siempre que no supere las 1.625 UVT.

Es importante recordar que la UVT (Unidad de Valor Tributario) es una medida utilizada para calcular impuestos, tarifas y multas en Colombia, y que para el 2024 corresponde a 47.065 pesos.

La DIAN aclara que el valor patrimonial de los bienes, según lo reportado por el causante al 31 de diciembre del año anterior a la liquidación de la sucesión, establece la base para el cálculo del impuesto. Este valor se determina de manera diferente según el tipo de bien; por ejemplo, los vehículos se valoran según su avalúo comercial, mientras que los bienes inmuebles se calculan sobre el mayor valor entre el costo de adquisición, el costo fiscal, el autoavalúo, o el avalúo catastral.

En resumen, el aumento propuesto en la tarifa del impuesto a las ganancias ocasionales podría representar un nuevo desafío para quienes esperan recibir una herencia, ya que tendrían que destinar una mayor parte de esos recursos al pago de impuestos.