Calendario tributario Dian: cédulas que declaran renta del 16 al 20 de septiembre
Conozca cuáles son las multas a las que se expone si no tributa en las fechas correspondientes.
La declaración de renta es un documento en el que los colombianos deben reportar sus ingresos, egresos e inversiones ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). De este modo, según la Universidad Sergio Arboleda, el Estado determina si el contribuyente está obligado a pagar impuestos y la cuantía de dichas obligaciones.
El director del departamento de Economía de la Universidad Sergio Arboleda, Javier Delgado, explicó que ese impuesto "fue diseñado para generar apoyo de acuerdo con una política de solidaridad hecha para cobijar a los colombianos de escasos recursos".
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De acuerdo con el calendario tributario de la Dian, entre el 12 de agosto y el 24 de octubre, deben declarar renta las personas naturales, dependiendo de los ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias que hayan realizado en el 2023.
Personas naturales que deben declarar renta en 2024
Antes de declarar renta, es fundamental considerar si se es una persona natural o jurídica. La persona natural responde directamente por sus obligaciones a título personal, mientras que la persona jurídica es una sociedad conformada por múltiples individuos, con derechos y obligaciones.
Si usted es una persona natural, ya sea empleado o dependiente, deberá declarar renta si cumple con los siguientes topes establecidos por la Dian:
- Personas con un patrimonio bruto superior a $190.854.000 al 31 de diciembre de 2023.
- Personas con ingresos brutos anuales superiores a $59.377.000.
- Personas que hayan realizado consumos con tarjeta de crédito por más de $59.377.000.
- Valor total de compras y consumos superior a $59.377.000.
- Personas con acumulado en consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras mayor a $59.377.000.
Personas naturales que declaran renta entre el 16 al 20 de septiembre
Si usted cumple con los topes anteriormente mencionados, deberá declarar según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) que figuran en el Registro Único Tributario (RUT). De acuerdo con el calendario tributario de la Dian, entre el 16 y el 20 de septiembre del 2024 deberán declarar:
- 16 de septiembre: NIT terminados en 47 y 48.
- 17 de septiembre: NIT terminados en 49 y 50.
- 18 de septiembre: NIT terminados en 51 y 52.
- 19 de septiembre: NIT terminados en 53 y 54.
- 20 de septiembre: NIT terminados en 55 y 56.
Multa que se puede recibir por no declarar renta en 2024
Según el artículo 639 del Estatuto Tributario, las personas naturales que no presenten su declaración en la fecha establecida recibirán una sanción de 10 UVT (Unidades de Valor Tributario). Con el UVT para 2024 fijado en $47.065, la multa mínima será de $471.000.
Siigo, la empresa de software contable y administrativo para Pymes y contadores con presencia en Colombia, además explica que si el contribuyente evade su responsabilidad de declarar renta, también podría asumir el 20% de los ingresos o consignaciones bancarias de la última declaración realizada.
En el caso de que usted presente la declaración de renta fuera de la fecha límite, "la sanción que deberá asumir es del 5% del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que dejes pasar entre la fecha límite y el pago", concluyó la compañía.